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El ingreso mínimo vital y su inadmisión

El ingreso mínimo vital y su inadmisión

Hace unos días la Seguridad Social actualizó información sobre el ingreso mínimo vital y su inadmisión, así cómo los diferentes estados en los que se encuentra su solicitud por parte de las personas que lo pidieron.

El ingreso mínimo vital o renta mínima

El pasado 29 de mayo el Gobierno aprobó el ingreso mínimo vital como medida de apoyo social y económica de aquellas personas en riesgo real de subsistencia de los colectivos más vulnerables.

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Esta renta mínima la pueden solicitar las familias o unidades familiares, donde uno de los integrantes es el titular de la ayuda. La característica principal es que la familia esté en riesgo de vulnerabilidad. Es decir que está por debajo del umbral de la pobreza.

La edad comprendida para poder solicitar la ayuda es de 23 a 65 años, y que al menos tengan un año cotizado en la seguridad social.

¿Dónde se puede solicitar?, o a través de su sede electrónica, o bien enviando la documentación por correo ordinario.

¿Qué cantidad puede cobrar de ingreso mínimo vital?, desde 461,5 € para familias de un adulto, hasta los 1.015 € para las familias con tres adultos y dos menores.

El ingreso mínimo vital y su inadmisión

Los estados del ingreso mínimo vital

Esta semana la administración publica a través de su perfil de twitter, y gracias a la clasificación creada por los funcionarios de la Seguridad Social, han dado a conocer una serie de estados de las solicitudes de ingreso mínimo vital. Para que sirva de información general a todas las personas que lo han solicitado, y siempre y cuando te hayan contestado.

1º Solicitud anulada

Si en el estado de tu solicitud de IMV aparece como anulada, quiere decir significa que el trámite del ingreso mínimo vial está parado, porque faltan datos o información fundamental. Suelen ser los datos más habituales que faltan, por ejemplo, los nombres de algunos de los integrantes que componen la unidad familiar.

También porque haya pasado el plazo de entrega de documentación o hayas enviado alguno de los requisitos Ingreso Mínimo Vital fuera de plazo.

2º Denegado por inadmisión

En cambio si el estado de la solicitud de tu expediente de ingreso mínimo vital aparece cómo «denegado por inadmisión», esto se debe a que falta documentación por presentar. La más comunes de las documentaciones que suelen faltar son el certificado de empadronamiento, o bien porque tus ingresos superen la renta máxima imprescindible para poder optar a la renta mínima vital.

3º Revisión de duplicidad

La Seguridad Social comunica que tu estado está en «revisión de duplicidad» si has intentado el registro en más de una ocasión, o has intentado «clickar» varias veces el botón de alta del expediente.

De todas los estados o errores sueles ser el más habitual que pase, así que no te preocupes e intenta presentar o «clickar» sólo una vez en tu prestación o expediente de ingreso mínimo vital..

4º Estudio del derecho

Este es el último estado en el que puedes estar el expediente de solicitud del ingreso mínimo vital. Significa que el derecho a percibirlo por parte del solicitante está pendiente de aprobación, porque ha pasado a otras administraciones o entidades para que comprueben si lo datos aportados son reales. Algunas de las entidades que pueden verificar estos o incluso intercambiar información con la seguridad social son el SEPE y la Agencia Tributaria.

El ingreso mínimo vital y su inadmisión

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