Cómo cobrar el ingreso mínimo vital aprobado por el Gobierno
El ingreso mínimo vital ya es una realidad desde el pasado viernes 29 de mayo. El Consejo de Ministros del Gobierno de España ha aprobado esta ayuda, que viene a aportar un mínimo vital de subsistencia a los colectivos más vulnerables.
¿Quién puede solicitar y cobrar el ingreso mínimo vital?
Lo podrán solicitar las familias, si bien existirá un titular de la ayuda dentro de la unidad familiar. La familia deberá estar en situación de vulnerabilidad.
Se considera que una familia está en situación de vulnerabilidad cuando su situación económica está por debajo de los umbrales mínimos que le correspondería por el numero de sus integrantes.
El ingreso mínimo vital lo podrán solicitar aquellas personas con edades comprendidas entre los 23 y 65 años, y que tengan al menos un año cotizados en la seguridad social. Y también tendrían derecho los extranjeros, siempre y cuando lleven residiendo al menos un año en España.
¿Cómo puedo solicitar el ingreso mínimo vital?
No hará falta que te desplaces para solicitarlo, la Seguridad Social ha aprobado dos canales para hacerlo. Bien a través de su sede electrónica, o bien enviando la documentación por correo ordinario.
Así mismo contará con un teléfono 900 para ayudas y consultas personales, un asistente virtual con las preguntas más frecuentes, y se espera que el acceso también pueda ser a través de los ayuntamientos y corporaciones municipales.
¿Qué cantidad de ingreso mínimo vital me pueden conceder?
Todo dependerá de la unidad familiar, y la de la renta que ya tengan. Esta ayuda es un complemento para llegar al mínimo que concrete la norma, que en este caso contempla hasta 14 escenarios familiares distintos.
Las cantidades mensuales irán desde los 461,5 € para familias de un adulto, hasta los 1.015 € para las familias con tres adultos y dos menores, o cuatro adultos y un menor. En el caso de las familias monoparentales se les sumará 100 € de complemento adicional.
¿Cuándo puedo solicitar la renta mínima?
La fecha de inicio de solicitud será a partir del próximo 15 de junio de 2020. Pero para evitar bloqueos por la masiva solicitud, las ayudas se otorgarán con efectos retroactivos desde la fecha de 1 de junio. Empezará a contar el correo desde el 1 de junio, aunque se presente con posterioridad en los siguientes tres meses.
Esta ayuda de ingreso mínimo vital se estima que puede llegar a más de 125.000 familias, y se ha extendido a todas aquellas que por culpa de la crisis sanitaria del Covid-19, ha reducido drásticamente sus ingresos familiares. Continuará siempre y cuando la situación de vulnerabilidad esté presente en la familia. Y facilitar tanto el colicitar cómo cobrar el ingreso mínimo vital a estas familias.
Las Comunidades Autónomas están solicitando poder gestionar el ingreso mínimo vital para sus ciudadanos. En principio Cataluña y País Vasco, ya estarían en condiciones de realizarlo. En los próximos días veremos si el resto de las CCAA puede hacer lo mismo.
Esta gestión propia del ingreso mínimo vital, su solicitud y cobro por parte de las Comunidades Autónomas va en la línea por lo comunicado ayer por el Presidente del Gobierno, sobre la última prórroga de alarma y su gestión por parte de las CCAA que estén en fase 3 de la desescalada.
De igual manera los distintos partidos políticos del arco parlamentario ha expresado su apoyo, si bien esperan que el reparto de este ingreso mínimo vital, sea objetivo. Y acabe fomentado la economía sumergida, o ser una barrera para la empleabilidad de los desempleados.
¿Puedo cobrar la renta mínima si tengo trabajo?
El ingreso mínimo vital, es un complemento para familias y personas en vulnerabilidad. Por tanto al ser una renta cuyo objetivo es complementar los ingresos que ya tiene la unidad familiar, sí, que se puede compatibilizar su cobro con el un empleo.
Recuerda además que recientemente el SEPE ( Servicio Público de Empleo) ha publicado la lista de errores más comunes en el cobro de la prestación por desempleo. si estuvieras también esta situación te recomendamos que lo leas para saber como solucionarlo.
Con la publicación posterior de la norma en el BOE, el lunes 1 de junio, el Gobierno aclaró las claves poder solicitar la renta mínima vital, además de explicar la unidad de convivencia como forma de recepción de la ayuda.
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