Terminando el mes de febrero, llega el día de cobro del ingreso mínimo vital en Marzo, para aquellos que han conseguido que se les aprueba la prestación, y más después de los últimos cambios presentados.
El Ingreso Mínimo Vital es la prestación que ofrece la Seguridad Social a aquellas unidades de convivencia en riesgo de pobreza o que carecen de recursos económicos básicos.
Es una ayuda mensual que se realiza mediante transferencia bancaria a la cuenta del titular de la prestación.
Hay que recordar que el derecho a esta prestación nace desde el primer día del mes siguiente de la fecha de presentación de la solicitud. Es intransferible y no puede ser objeto de cesión total o parcial, ni de compensación o descuento, ni de retención o embargo.
El ingreso de la prestación se realiza durante la primera semana de cada mes. En este caso, en el mes de Marzo, será del lunes 1 al viernes 5. Hay incluso algunos beneficiarios que cobran el ingreso mínimo vital el primer día laborable de cada mes.
El solicitante del ingreso mínimo vital puede consultar en este enlace el estado de su solicitud para saber si lo va a cobrar o no y cuál va a ser la cantidad correspondiente a este mes.
Nuevas medidas para el cobro del ingreso mínimo vital
Cómo ya comentamos en un anterior post el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones presentó el día 2 de febrero los cambios para cobrar el ingreso mínimo vital, y facilitar que la prestación llegue a más beneficiados. Por eso desde esa fecha:
- No se consideran como unidades de convivencia aquellas personas que comparten piso sin tener relación familiar o afectiva.
- El límite de dos perceptores por domicilio quedó eliminado.
- Pueden optar al ingreso mínimo vital las personas que residen en hogares colectivos, como albergues o casas de acogida.
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