En diciembre de 2021 se ha aprobado una nueva ley en la que se recogen todas las modificaciones sobre el Ingreso Mínimo Vital. Esta ley ya ha sido recogida en el Boletín Oficial del Estado. Una de las modificaciones principales ya conocida es el aumento del 3% de la prestación, pero también existen otras como una mayor protección de menores, mejoras 3 en los requisitos o nuevas cantidades. A continuación, te explicaremos más detalladamente los nuevos cambios del Ingreso Mínimo Vital en 2022.
Las modificaciones
Como ya hemos mencionado, además de la subida del IMV, existen 4 cambios principales en esta prestación. Estas modificaciones son las siguientes:
Cambios y mejoras en los requisitos para solicitarlo
Las modificaciones que se producen dentro de los requisitos para solicitar el Ingreso Mínimo Vital son:
- Los menores de 30 años deben de llevar dos años en lugar de tres siendo independientes.
- Las personas entre 18 y 22 años que estaban en centros residenciales no deben justificar un año de vida independiente.
- La unidad de convivencia debe estar constituída desde hace 6 meses. Antes era un año.
Modificaciones en los límites de renta
Otro de los cambios principales, son las cantidades en los ingresos de la unidad de convivencia a la hora de solicitar el IMV, ya que se eliminan algunas cantidades:
- Las cantidades en concepto de pensión de alimentación por los hijos ni la pensión compensatoria no cuentan en la cantidad de los ingresos de la unidad familiar.
- Ahora, puedes solicitar el Ingreso Mínimo Vital a partir de los ingresos del año actual, por lo que se eliminan y no cuentan las prestaciones y subsidios percibidos y que hayan finalizado antes de la fecha.
Ayuda a la infancia
Ofrecen una ayuda complementaria por menores a cargos de hasta 100 euros. La cabtidad a recibir varía en función de la edad del menor:
- Si es menor de 3 años, la cantidad a recibir es de 100 euros.
- Entre 4 y 5 años, se reciben 70 euros de ayuda.
- Por último, entre 6 y 18 años, la ayuda será de 50 euros.
Aumento de la cantidad si existen miembros con discapacidad
Esta modificación, se ha creado con el fin de ayudar a las unidades de convivencia que cuentan con algún miembro con discapacidad dentro de la misma. El requisito para beneficiarse de este aumento es que dicha persona debe tener un grado de discapacidad del 65% como mínimo. Si esto se produce, la cantidad de su renta garantizada tendrá un aumento del 22%.
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