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Nuevo aviso del SEPE para aquellas empresas que tengan trabajadores fijos-discontinuos

El SEPE informa: así puedes darte de alta como autónomo y seguir cobrando el paro

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha lanzado un nuevo aviso para aquellas empresas que tengan trabajadores fijos-discontinuos contratados. Esto es algo que puede afectar a un gran porcentaje del personal de hostelería, ya que es uno de los sectores profesionales más afectado por la temporalidad en los contratos. A través de este nuevo comunicado, se informa a las empresas de que ya se puede consultar el calendario de Certificados del año 2023 para realizar comunicaciones sobre sus trabajadores/as.

¿Quiénes son los trabajadores fijos – discontinuos?

Los empleados “fijos-discontinuos” son trabajadores con contrato indefinido que solamente trabajan en los periodos de alta actividad de la empresa en la que trabajan. En el caso de que pierdan su puesto de trabajo, este tipo de trabajadores podrán tener derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo, es decir, el paro, pero siempre y cuando demuestren que han trabajado más de 360 días. Además de esto, en marzo del año pasado, se ha aprobado que también puedan optar al Subsidio para mayores de 52 años.

Nuevo aviso del SEPE

Desde el pasado 1 de enero el SEPE ha activado un servicio vía Internet destinado a aquellos empresarios que tienen contratos a trabajadores fijos – discontinuos. Esto se debe a que necesitan consultar y enviar los periodos de actividad u otras situaciones producidas durante la vigencia de las campañas de los mismos, autorizados por Expedientes de Regulación de Empleo.

A través de este nuevo servicio, se otorga a las empresas la posibilidad de comunicar al SEPE mediante Internet las altas iniciales en la prestación por desempleo de todas las personas que se encuentran en alguna de las siguientes situaciones:

Nuevo aviso del SEPE para aquellas empresas que tengan trabajadores fijos-discontinuos.

Cómo acceder a la aplicación Certific@2

El principal beneficio que proporciona esta aplicación es la simplificación de los trámites para el reconocimiento y la reducción de los plazos de los Expedientes de Regulación de Empleo. A través de la Sede Electrónica del SEPE (o pinchando aquí) podrás acceder a esta plataforma, aunque es importante recordar, que será necesario disponer de autorización para la transmisión telemática de datos de los Servicios Públicos de Empleo. Esta autorización tendrás que haberla obtenido con anterioridad conforme a la aplicación Contrat@, o bien de forma electrónica otorgada por alguna autoridad de certificación.

¿Para qué sirve la protección por desempleo  Certific@2?

El Certific@2 sirve principalmente para realizar comunicaciones de datos sobre trabajadores siempre de forma telemática. Este sistema es de vital importancia para solicitar la prestación por desempleo ya que el trabajador necesita aportar documentación como el certificado de empresa. Este debe emitirse de forma obligatoria por el empresario contratante en el mismo momento en el que se produzca el cese o, en todo caso, al día siguiente en que el trabajador lo solicite al empresario.

En este caso, los empresarios que necesiten acceder a esta aplicación habilitada pueden presentar el certificado de empresa a través de tres vías diferentes:

Es importante recordar que la comunicación de nuevas altas, el certificado de empresa y los periodos de actividad laboral de los fijos – discontinuos puede realizarse durante las 24 horas del día y durante todos los días del año.

Plazos

Según explica el SEPE, es importante saber que para conocer el cómputo de plazos serán considerados inhábiles únicamente si son declarados para todo el territorio nacional. Esto quiere decir, que la transmisión de datos recibidos en un día inhábil se efectuará en la primera hora del primer día hábil siguiente.

Por otro lado, en el asiento de la entrada se inscribirán como fecha y hora de presentación aquellos en las que se produjo la recepción, constando como fecha y hora de entrada efectivas las ceros horas y un segundo del primer día hábil. Además, existe un calendario donde está reflejado el cierre mensual del envío de datos que coincide con el último día laborable del mes correspondiente, sin contar fines de semana o festivos nacionales.

Nuevo aviso del SEPE para aquellas empresas que tengan trabajadores fijos-discontinuos.

Más información sobre el SEPE:

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