Llegamos al último mes de este fatídico 2020, con todavía más de 600.000 trabajadores acogidos al ERTE en sus empresas. Ahora, la gran pregunta que se hacen es , ¿pagará el SEPE la prestación en Diciembre?, y ¿a tiempo?. Si analizamos los meses anteriores no hay certeza absoluta que así sea, pero esperamos que puedan realizarlo.
En el anterior mes, noviembre, nos preguntábamos si el SEPE regularizaría los pagos. Recibimos información de muchos trabajadores a los cuales se les había regularizado el pago del mes y el que quedaba del mes de agosto en la fecha de 4 de noviembre.
Los ERTE cómo figura de sostenimiento del empleo
Los ERTES es una figura creada para ayudar al sostenimiento del empleo y la viabilidad de las empresas durante la época del Covid-19. Se definen como un expediente de regulación temporal de empleo. Por el cuál las empresas por motivos o causas objetivas deciden reducir o suspender temporalmente los contratos y actividad de alguno o todos sus trabajadores.
De esta manera los trabajadores pasan a una situación temporal de desempleo, donde el SEPE, el servicio público de empleo, se hace cargo durante esos meses del 70% del salario del trabajador. Con la ventaja, por lo menos hasta ahora, que no computa como paro los meses que el trabajador se encuentre en esta situación de ERTE. Y además que aunque estando en situación de desempleo, el trabajador no pierde antigüedad laboral.
¿Cómo ha ido cambiando la gestión de los ERTE por el SEPE?
Los ERTE fueron aprobados por el Real Decreto Ley 08/2020 en fecha de 17 de marzo cómo herramienta para sostener el empleo y la viabilidad de las empresas durante el proceso de confinamiento y posterior crisis desencadenada por la pandemia del Covid-19.
En el mes de mayo se aprueba la primera prórroga de los ERTE mediante el RD 18/2020. Siendo una continuidad idéntica a la primera norma, permitiendo eso sí una recuperación parcial de la actividad.
Hasta el 30 de junio estuvo en vigor este primera prórroga donde hubo una gestión óptima en la mayoría de los casos, salvo errores puntuales. Pero con la siguiente ampliación aprobada en fecha de 26 de junio por el Real Decreto Ley 24/2020, se cambió el sistema de gestión de la información que mandaban las empresas, y los bancos dejaron de adelantar en muchos casos el importe de la prestación a los trabajadores, del 1 al 5 de cada mes.
A partir de ese momento se fueron produciendo retrasos del SEPE en el pago de la prestación de desempleo por ERTE. Tanto que hubo un mes, el de julio que no fue abonado en el mes correspondiente de Agosto. La razón es que al tener que actualizar todos y cada uno de los expedientes de ERTES de los trabajadores y empresas, hizo que colapsara la gestión de pago de las prestaciones.
El 29 de septiembre se aprueba el Real Decreto Ley 30/2020, que llevará su efecto hasta el 31 de enero de 2021, donde de esta manera se prorrogan los ERTES y se mantiene el pago del 70% del salario. En el primer RD se establecía un máximo de 6 meses de ERTE para cobrar ese % del salario por parte de los trabajadores, pasando luego al 50%. Pero en esta nueva extensión se aprobó continuar con esa base hasta el 31 de enero de 2021.
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