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Aumento del Salario Mínimo Interprofesional: quiénes se beneficiarán y nuevas cuantías

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Tras duras y largas negociaciones, finalmente el pasado 14 de febrero se aprobaba en el Consejo de Ministros un nuevo aumento del Salario Mínimo Interprofesional, tras un acuerdo entre Gobierno y Sindicatos. Se trata de la quinta subida desde que PSOE y Unidas Podemos llegaron al poder, lo que ha supuesto un incremento del 47% pasando de los 735 euros establecidos en 2019, a los 1.080 que se cobrarán este año. Esta nueva medida beneficiará tanto a los trabajadores que son fijos, como a los que trabajan de forma eventual o temporal, por lo que es una gran noticia para aquellas personas que se dedican al sector de la hostelería, quienes verán el incremento reflejado en su próxima nómina. Además de esto, en este nuevo límite salarial también estarán incluidas aquellas personas que trabajan como empleados del hogar. A continuación, te contamos las claves del nuevo aumento del Salario Mínimo Interprofesional, quiénes se beneficiarán de esta nueva medida y cuáles son las nuevas cuantías.

¿Qué es el Salario Mínimo Interprofesional?

El Salario Mínimo Interprofesional, también conocido por sus siglas SMI, es la cuantía retributiva mínima que recibirá un trabajador referida a la jornada legal de trabajo. Es decir, el sueldo. Anualmente, esta cuantía es regulada por el Gobierno, tras una previa consulta con las Organizaciones Sindicales y las asociaciones empresariales más representativas, quienes en esta ocasión, han decidido un nuevo aumento que se consolida como el quinto en los 5 años de mandato, fruto de una promesa por parte del Estado de incrementar el SMI de España hasta el 60% del salario medio.

Aumento del Salario Mínimo Interprofesional: quiénes se beneficiarán y nuevas cuantías
Aumento del Salario Mínimo Interprofesional: quiénes se beneficiarán y nuevas cuantías.

¿Cuánto subirá el SMI tras este nuevo aumento?

Tras esta nueva subida, el Salario Mínimo se incrementará concretamente en un 8%. Esto quiere decir, que se pasará de los 1.000 euros establecidos en 2022, a los 1.080 euros este nuevo año. De esta manera, el salario mínimo anual se quedará fijado en 15.120 euros. Es importante recordar que esta cuantía se refiere al sueldo bruto de los trabajadores. Es decir, que se cobrarán 1.080 euros mensuales repartidos en 14 pagas, que representan el total de devengos de la nómina. En el caso de tener las pagas extras prorrateadas, el sueldo mínimo será de 1.260 euros repartidos en 12 pagas.

Según aclaran desde la página web oficial de La Moncloa, esta cuantía será para todas las actividades de agricultura, industria y servicios, sin distinciones de sexo ni edad.

Salario Mínimo de trabajadores eventuales, temporales y empleados del hogar

Por otro lado, el salario mínimo para aquellas personas que trabajen de forma eventual o temporal, cuyos servicios a una misma empresa no excedan de los 120 días, no podrá ser inferior a 51,15 euros por jornada laboral. En el caso de los empleados del hogar que trabajen por horas, el salario mínimo será de 8,45 euros por hora trabajada.

Además de todo esto, es importante recordar que esta subida tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2023. Esto quiere decir, que las empresas que paguen a sus empleados el salario mínimo, tendrán que abonar la parte correspondiente desde dicha fecha.

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