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Las claves de la prórroga de los ERTES hasta Enero

Las claves de la prórroga de los ERTES hasta Enero

Esta mañana día 29 de septiembre, por fin se ha cerrado el acuerdo entre agentes sociales y gobierno sobre la ampliación de los ERTES. El acuerdo prolonga esta herramienta de mantenimiento del empleo hasta el 31 de enero de 2021. Vamos a analizar las claves de la prórroga los ERTES hasta Enero.

La pasada semana comentábamos que el Gobierno valoraba dejar fuera de la prórroga de los ERTES a la hostelería. Al final, a última hora en el día de hoy, según declaraciones de la patronal CEOE, tal y cómo ha presentado ante de la prensa la Ministra del Trabajo , los negocios de hostelería y restauración entran en la prórroga de los ERTES, pero no en los de fuerza mayor, cómo si que entra el sector del turismo.

ERTES de fuerza mayor

Los ERTES de fuerza mayor se prorrogan para aquellas empresas de unos sectores específicos, que componen la siguiente lista de CNAES, y ojo que no incluye el CNAE de empresas de venta de alimentos y bebidas:

Las claves de la prórroga de los ERTES hasta Enero

Al ERTE de fuerza mayor se podrán acoger principalmente aquellas empresas relacionadas con el turismo, el ocio y el comercio minorista. No están recogidas en este tipo de ERTE de fuerza mayor las empresas de hostelería, de venta de comidas y bebidas.

Además este tipo de ERTE de fuerza mayor se extiende a aquellas empresas en las que al menos un 50% de su facturación depende de las actividades más afectadas por la pandemia. Aspecto que tendrán que demostrarlo ante la autoridad laboral competente..

Las exoneraciones serán del 85% para las empresas con menos de 50 trabajadores y del 75% para las más grandes, tanto para los trabajadores suspendidos como para los que se reincorporen a sus puestos. 

Estas mismas exoneraciones serán aplicables a las empresas de los sectores más afectados o de la cadena de valor pasen de un ERTE de fuerza mayor a un ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

ERTES por impedimento

Este ERTE de impedimento, sustituye al de rebrote. Y se podrán acoger todas aquellas empresas que tengan que cerrar alguno de sus centros de trabajo como consecuencia de las medidas sanitarias impuestas por las autoridades españolas o extrajeras.

La rebaja de sus cotizaciones sociales durará desde el periodo de cierre y como máximo hasta el 31 de enero. Y será del 100% para las más pequeñas y del 90% si tienen 50 trabajadores o más.

ERTES por limitación

Este tipo de ERTE es una novedad. Se ha establecido para aquella empresas que vean limitado, aunque sea de forma parcial, el desarrollo de su actividad en algunos de sus centros de trabajo como consecuencia de decisiones o medidas adoptadas por autoridades españolas, como pudiera ser limitaciones de aforo o de horario.

Aquí estaría de forma general la hostelería, la restauración y los comercios situados en zonas con restricciones. Estos negocios podrán solicitar estas nuevas ayudas durante los próximos cuatro meses, hasta el 31 de enero.

Las claves de la prorróga de los ERTES hasta Enero

En estos ERTES por limitación las exoneraciones de seguros sociales para las empresas serán decrecientes, y solo para los trabajadores afectados: del 100% en octubre, del 90% en noviembre, del 85% en diciembre y del 80% en enero.

Las rebajas para las empresas con más de 50 empleados, será del 90%, 80%, 75% y 70% de octubre a enero, respectivamente.

Aspectos de protección del empleo en la prórroga de los ERTES

Respecto a los aspectos más importantes de la protección del empleo, y las condiciones para los trabajadores afectados en ERTES, hay dos cambios sustanciales.

Primero, se mantiene la base reguladora del 70% del salario, y puede acceder cualquier trabajador independientemente de si tiene el mínimo tiempo de cotización.

Segundo, el contador a cero del paro de los trabajadores se mantendrá hasta final de año. De esta manera estos meses hasta el 1 de enero de 2021, no computará a efectos de paro consumido.

Así miso, las empresas que se acojan a cualquiera de los tipos de ERTE, no podrán despedir durante los siguientes seis meses a al aprobación del expediente laboral..

Más información sobre los ERTES y sus prórrogas

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