Actualmente en España hay más de 3 millones de personas que se encuentran en situación de desempleo. Muchas de estos trabajadores están cobrando el paro y les queda poco para agotarlo o en algunos casos ya lo han agotado. La prestación contributiva por desempleo es una ayuda que se creó con el fin de ayudar a las personas que han perdido su empleo y no consiguen reanudar su actividad laboral. Para estas personas que lo han agotado, existen distintas soluciones y ayudas que otorga el SEPE para continuar cubriendo sus necesidades básicas y percibir unos ingresos mensuales mínimos. En este artículo, te explicaremos qué subsidios puedes solicitar tras haber agotado el paro o prestación contributiva por desempleo.
Los subsidios
Como hemos comentado, existen dos tipos de ayudas y subsidios que puedes solicitar tras haber agotado el paro, en función de si tienes responsabilidades familiares o no. Estas prestaciones son las siguientes:
Con responsabilidades familiares
En caso de que la persona haya agotado la prestación contributiva por desempleo, tenga responsabilidades familiares y carezca de rentas mínimas, se tiene derecho a un subsidio por desempleo. Con esta ayuda, no se cobra lo mismo que con el paro sino que tiene una cantidad fija de 463 euros mensuales, es decir, el 75% del salario mínimo interprofesional.
Para poder percibir este subsidio, el solicitante debe cumplir una serie de requisitos:
- Estar en situación de desempleo e inscrito como demandante de empleo.
- Haber agotado la prestación contributiva por desempleo.
- Debe pasar un mes desde que se agota el paro hasta que se solicita el subsidio.
- Tener responsabilidades familiares a cargo, es decir, hijos menores de 26 años o cónyuge a cargo.
- Carecer de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.
Subsidio para mayores de 45 años
Este subsidio, puede solicitarse si en el momento que se agota la prestación contributiva por desempleo, el solicitante tiene 45 años cumplidos o más. En este caso, no es necesario contar con responsabilidades familiares a cargo.
Para realizar dicha solicitud, al igual que en el resto de ayudas y subsidios, es necesario cumplir una serie de requisitos similares a los anteriores:
- Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo activo.
- Haber agotado el paro.
- Tener 45 años o más.
- Debe pasar el mes de espera al igual que en el caso anterior para poder solicitarla.
- También debes carecer de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.
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