Ayudas y prestaciones

¿Puedo cobrar el Ingreso Mínimo Vital y un sueldo a la vez?

Día de cobro del Ingreso Mínimo Vital en marzo

El Ingreso Mínimo Vital, es una prestación creada por la Seguridad Social, para prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las unidades familiares que carecen de recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas. Su objetivo principal es que las familias, consigan llegar a unos ingresos mínimos. Tras su creación hace un año y medio, mucha gente continúa teniendo dudas y haciéndose la misma pregunta: ¿Puedo cobrar el Ingreso Mínimo Vital y un sueldo? A continuación, te explicaremos todo lo que debes saber acerca de la compatibilización de esta prestación.

¿Qué es compatible con el Ingreso Mínimo Vital?

Hay un gran número de ingresos que son compatibles con la percepción del Ingreso Mínimo Vital. Como hemos comentado anteriormente, el IMV fue creado para que las unidades familiares lleguen a unos ingresos mínimos y no tiene una cuantía determinada, por lo que si los ingresos ajenos a esta prestación son inferiores, podrán compatibilizarlos.

El Ingreso Mínimo Vital puede cobrarse a la vez que el paro, una prestación o subsidio por desempleo, la Renta Activa de Inserción, pensiones, ayudas directas (becas, estudios, bono alquiler…) o, respondiendo a la pregunta anterior, a la vez que un sueldo por una actividad por cuenta ajena o propia. En estos casos, la cantidad que se recibirá de IMV variará en función de los ingresos, siendo esta cantidad, la diferencia entre los ingresos y el tope que le corresponde a tu unidad familiar.

Poniendo un ejemplo, una familia formada por 3 miembros (padre, madre e hijo) debería percibir 751 euros del IMV. Si el padre está cobrando un sueldo de 481 euros, esa cantidad se restaría a la que le corresponde de la prestación, es decir, 751 – 481, pasando a cobrar 270 euros por el Ingreso Mínimo Vital.

Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital

Para poder solicitar el Ingreso Mínimo Vital, en primer lugar debes cumplir una serie de requisitos los cuáles puedes comprobar pinchando aquí. Existen dos formas de solicitar el IMV vía telemática:

  • Si dispones de certificado digital o Cl@ve, accediendo a la sede electrónica de la Seguridad Social. Una vez dentro, tendrás que acceder al método autenticación y aportar la documentación necesaria y el modelo oficial de solicitud.
  • En caso de no disponer de certificado digital ni Cl@ve, debes acceder a la sede electrónica de la Seguridad Social. Esta vez, debes hacerlo en el apartado «Acceso sin Certificado». Puedes hacerlo directamente pinchando aquí.

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