Ayudas y prestaciones

Cómo cobrar el Ingreso Mínimo Vital a la vez que un sueldo

Día de cobro del Ingreso Mínimo Vital en marzo

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación aprobada en mayo del año 2020 y garantizada por la Seguridad Social, con el fin de prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de aquellas personas y unidades familiares que carecen de los recursos necesarios para cubrir sus necesidades básicas. El IMV llega en España a a mas de un millón de beneficiarios pero, mucha gente se pregunta si pueden solicitarlo si perciben algun tipo de renta. Un gran número de trabajadores, han tenido que solicitar esta prestación tras la pandemia por Covid-19, como es el caso de gran parte del personal de hostelería. En este artículo, te explicaremos cómo cobrar el Ingreso Mínimo Vital a la vez que un sueldo, ya que es algo compatible y que muchos ciudadanos no lo saben.

Límites de rentas

Como hemos comentado, es posible percibir el Ingreso Mínimo Vital aunque se reciba alguna renta. Esta prestación es compatible tanto con rentas del trabajo como con prestaciones por desempleo o pensiones. Para saber si puedes percibirlo en este caso, debes tener en cuenta la cantidad que percibes por dichas rentas, ya que no puedes superar los límites establecidos. Estas cantidades máximas son:

  • Para un adulto solo, la renta máxima no puede superar los 565,28 euros mensuales.
  • En el caso de dos adultos, la renta máxima es de 734,97 euros.
  • Una unidad formada por un adulto y un menor, no debe superar 859,33 euros al mes.
  • Las unidades de convivencia formadas por dos adultos y un menor, no pueden superar los 904,51 euros al mes.
  • Un adulto y dos menores, 1.028,87 euros mensuales.
  • Una unidad de convivencia formada por dos adultos y dos menores no pueden sobrepasar los 1.074,20 euros.
  • El resto de unidades de convivencia, tienen como renta máxima 1.243,74 euros mensuales.

Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital

Ahora que te hemos explicado cómo cobrar el Ingreso Mínimo Vital a la vez que un sueldo, debes saber que existen dos formas para solicitarlo. Estas son:

  • A través de Internet, en la sede electrónica de la Seguridad Social si tienes certificado digital o Cl@ve. Debes acceder con el método de autenticación que tengas y tras esto adjuntar la documentación que te piden y aportar el modelo oficial de solicitud.
  • También por Internet, sin necesidad de certificado digital ni Cl@ve, también puedes hacerlo a través de la sede electrónica de a Seguridad Social pero en el apartado acceso sin certificado. Puedes hacerlo directamente pinchando aquí.

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